domingo , 22 diciembre 2024
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Penas de 11 y 13 años de prisión a los acusados de matar a Jerez

Un jurado popular había encontrado culpables a Daniel Zuazo y Cristian Giampetri, por el crimen de Ángel Jerez, ocurrido el 16 de julio de 2020. Seguirán con domiciliaria hasta que la sentencia quede firme.

 

Redacción EL DIARIO / [email protected]

 

La jueza Carolina Castagno, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, impuso la pena de 13 años de prisión de cumplimiento efectivo para Daniel Zuazo, y de 11 años de prisión de cumplimiento efectivo para Cristian Giampetri, a quienes un jurado popular declaró culpables, como coautores penalmente responsables del delito de homicidio simple.

Fue en el marco del legajo ”Zuazo, Daniel Nicolás-Giampetri, Cristian Rubén S/Homicidio simple en calidad de coautores”.

Durante la audiencia de cesura, efectuada el 2 de mayo pasado, el Ministerio Público Fiscal –representado por la fiscal Mercedes Nin y el fiscal Mariano Budasoff- solicitó una condena de 15 años de prisión para Zuazo y de 12 años para Giampetri.

En tanto el querellante particular, Javier Aiani, pidió una pena de 16 años de prisión para Zuazo y de 12 para Giampetri.

 

DEFENSA

Los abogados Patricio Cozzi y Miguel Ángel Cullen, defensores de Giampetri, plantearon que debía declararse la inconstitucionalidad del monto de la escala penal y solicitaron una condena de 3 años de prisión en suspenso, y en subsidio, una pena de 8 años de prisión.

Sin embargo, en el primer punto de su resolución, fechada el viernes pasado, la magistrada no hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad.

Por su parte la defensora oficial Vanesa Zampedri y el defensor oficial Sebastián Ludi, que asistieron a Zuazo, solicitaron que fuese condenado a 8 años de prisión.

 

DETALLES

Hasta tanto la sentencia quede firme los imputados seguirán cumpliendo prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario.

Así lo dispuso la jueza Castagno durante la audiencia de cesura -cuando hizo lugar al pedido de las defensas- y lo ratificó en su sentencia.

Se trató del cuadragésimo séptimo juicio por jurados que se realizó desde la implementación de este sistema de juzgamiento penal en la provincia de Entre Ríos.

 

El hecho

El 16 de julio de 2020 Ángel Juan Jerez cerraba el portón de una vivienda ubicada en Gobernador Parera y Cortada s/n, de la ciudad de Paraná, cuando fue sorprendido por Zuazo y Giampetri.

Ambos, munidos de armas de fuego, dirigieron una cantidad indeterminada de disparos a Jerez.

Una de las balas impactó en la región superior del glúteo izquierdo y salió por la fosa ilíaca derecha, provocándole la muerte como consecuencia de la hemorragia interna masiva por hemoperitoneo por lesión contuso penetrante en abdomen, compatible con pasaje de proyectil de arma de fuego.

 

https://www.eldiario.com.ar/263955-caso-jeres-piden-prision-en-suspensopor-pena-natural-para-el-caso-de-un-imputado/

 

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