El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Martín Luis Furman, dispuso hacer lugar, parcialmente, a la demanda interpuesta por Evangelina Márquez, Yanina Gómez y por la Comisión Vecinal Los Zorzales, contra la municipalidad de Colonia Avellaneda.
El magistrado resolvió que la comuna deberá adoptar todas las medidas necesarias para impedir el acceso al predio ubicado en calle Bertoldi de todos los particulares y el depósito allí de más residuos sólidos urbanos. Podrá continuar con las medidas denunciadas de vigilancia, custodia y bloqueo de ingresos irregulares y/o adoptar otras. También, podrá seguir depositando los RSU en el volcadero de Paraná, sólo hasta tanto cumpla con las medidas mediatas o venza el plazo dispuesto para ello, lo que ocurra primero.
También dispuso, que se deberá sanear el predio del actual vertedero mediante métodos y tecnologías que autorice la SAER y que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población, en un plazo de treinta meses.
Entre otras medidas, Furman resolvió que la municipalidad deberá: Tener disponible un nuevo predio para tratamiento y disposición de residuos sólidos urbanos, propio o regionalizado con otros entes públicos que se encuentre en un sitio ubicado a una distancia mínima de mil metros (1000 metros) de toda y cualquier área urbana, contabilizados de borde perimetral a borde perimetral.