El plazo máximo, es el 31 de octubre de 2023. El Estado Provincial, deberá presentar en las actuaciones el estudio de Impacto Ambiental Acumulativo dispuesto oportunamente.
En el marco de la acción de amparo ambiental ” Fundación Cauce Cultura Ambiente-Causa Ecologista – y otro C/ Gobierno de la provincia de Entre Ríos, la Municipalidad de Ibicuy y la empresa YPF S.A”, la vocal de la Cámara Segunda de la Sala Tercera, María Valentina Ramírez Amable resolvió establecer que como máximo el 31 de octubre de 2023 el Estado Provincial, deberá presentar en las actuaciones el estudio de Impacto Ambiental Acumulativo dispuesto oportunamente.
Asimismo, dispuso que la difusión y divulgación de dicho estudio , con participación de la ciudadanía tanto general como de aquella que habita en la zona afectada, se realice durante el mes de noviembre del corriente año. Ello, sin perjuicio de que la demandada adicione cualquier otra actividad del estilo que contribuya a lograr dicha finalidad.
También ordenó que la secretaria de Ambiente de la provincia, María Daniela García presente, cada 15 días y hasta la presentación efectiva del Estudio de Impacto Ambiental ordenado en esta causa, un informe detallado de su avance efectivo.
La demanda es por el accionar y omisiones del Estado provincial y la Municipalidad de Ibicuy en la relación a la planta de lavado y clasificación de arenas silíceas ubicada en el predio «El Mangrullo»” a cargo de la empresa YPF S.A.
La comunidad interesada que las resoluciones e informes relevantes de esta causa pueden consultarse públicamente en: