domingo , 22 diciembre 2024
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Sharenting: ¿acto de amor o vulneración de derechos?

La nueva generación de niños se ubica como la primera generación que va a tener una infancia semi-pública debido a la inconsciencia de los adultos.
Se trata del hábito de documentar y compartir en redes sociales fotos, videos y datos sobre el crecimiento de los hijos, que se volvió tan popular que existe una forma de llamarlo con una expresión en inglés que combina las palabras sharing (compartir) y parenting (crianza). 

El sharenting se trata de un fenómeno que se encuentra en permanente crecimiento desde hace muchos años en Argentina y en el mundo, convirtiéndose en una tendencia global que genera fricción y tensión en las familias en el marco de la convivencia digital. A través de esta práctica se sobreexpone la vida de los hijos y las hijas no advirtiendo que las imágenes pueden ser pasibles de “secuestros de identidad”, pudiendo así verse afectada la imagen, la reputación e identidad digital, sumado a la “ingeniería social” que las redes de pedofilia llevan a cabo al contar con los datos personales sensibles de niños, niñas y adolescentes.

El término “sharenting” refiere a la sobreexposición (o divulgación inadecuada de imágenes e información) de los hijos e hijas en redes sociales y distintas plataformas digitales. El término en inglés es un anglicismo que comprime y genera una combinación entre share (compartir) y parenting (ejercer el rol de padres) y responde a la circunstancia de que un porcentaje altísimo de los usuarios de redes sociales publica diariamente fotos, vídeos o información de sus hijos e hijas, en ocasiones, sin su consentimiento (quizá son demasiado pequeños, quizá no se les consulta) y, a veces, también sin medir las consecuencias, exponiendo deliberadamente la privacidad e intimidad de niños, niñas y adolescentes en el entorno digital.

¿Acto de amor o vulneración de derechos?. En perspectiva de derechos representa y configura una clara colisión, es decir, el derecho de toda persona adulta responsable de “subir” o “postear” una foto o un video de su hijo, versus la “no decisión” o validación de ese niño, niña o adolescente en verse involucrado en tal acción. ¿Subir una foto de mi hijo o mi hija en su primer día de clases (logo del colegio, geolocalización, etiqueta) a redes sociales deja de ser un acto de amor para pasar a ser una acción que compromete su seguridad?

El sharenting se podría convertir en “oversharing” (compartir en exceso) aumentando así los niveles de sobreexposición de manera notable, en consecuencia, los niveles de vulnerabilidad.

En contexto, cabe señalar que esta generación de niños y niñas se ubica como la primera generación que va a tener una infancia semi-pública, es por eso que como personas adultas no somos plenamente conscientes de que cualquier imagen o información de ellos que se cuelga en Internet pasa a formar parte de su huella digital, la misma que los acompañará durante toda su vida. La crisis de información y herramientas por parte del mundo adulto.

Grooming Argentina se encuentra desde hace años en permanente vínculo con los niños, niñas y adolescentes de los distintos centros educativos de todo el país, los cuales al ser consultados por la práctica ejercida por las personas adultas responsables revelan, en porcentajes contundentes y categóricos, la negativa tal acción, dado que sienten avasallados derechos fundamentales, tales como la privacidad y la intimidad.

DATOS GLOBALES. En países como Estados Unidos, los últimos datos señalan que el 92% de los niños y niñas menores de dos años, ya tienen asumida una identidad digital creada por parte de sus padres y madres.

Recordemos siempre que la identidad digital de los niños, niñas y adolescentes les pertenece. 

(*) Abogado y fundador de Grooming Argentina.

Hernán Navarro (*) Télam

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