Nueva resolución de AFIP beneficia a trabajadores Autónomos: prórrogas y pagos 2023
En medio de la campaña electoral, Sergio Massa había postergado el pago. Ahora se debe cumplir con el cronograma.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció cambios que impactarán en la vida fiscal de los trabajadores autónomos de Argentina. Mediante la Resolución General 5488/2024, publicada hoy 4 de marzo de 2024, se establecen prórrogas en los vencimientos de obligaciones de pago y se detallan condiciones excepcionales para acceder a beneficios fiscales.
Los puntos clave de esta nueva normativa y cómo afecta a los contribuyentes autónomos:
Extensión de Plazos para Pagos Atrasados
La AFIP ha decidido extender hasta el 14 de marzo de 2024 el vencimiento del pago de aportes personales para los períodos de septiembre y octubre de 2023. Esta medida excluye a aquellos sujetos incluidos en la Tabla I del Anexo II del Decreto N° 1866/2006.
Facilidad en el Procedimiento de Pago
Para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones, los pagos ahora pueden realizarse mediante el uso de Volante Electrónico de Pago (VEP), accesible a través de servicios específicos en la plataforma de AFIP con clave fiscal. Esta modalidad permite incluso el pago mediante un código QR.
Condiciones Especiales para Beneficios Fiscales
De manera excepcional, para el año calendario 2023, aquellos contribuyentes que hayan abonado aportes personales de al menos 8 meses podrán acceder al beneficio de acreditación anual de hasta un aporte mensual.
Prórroga para el Pago de Enero 2024
La obligación de pago del aporte personal correspondiente a enero de 2024 podrá ser cumplida hasta el 14 de marzo de 2024. Esta prórroga busca evitar penalizaciones por retrasos y facilitar la organización financiera de los trabajadores autónomos.
Vigencia y Aplicación de la Resolución
Las disposiciones de la Resolución General 5488/2024 entran en vigor de inmediato, prometiendo un impacto directo y positivo en la comunidad de trabajadores autónomos en Argentina.
Fuente: NA