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Condenaron a 3 profesionales que asesoraban para evadir impuestos de AFIP

El viernes 31 de mayo se realizará la sexta Jornada provincial de la Justicia va a los Barrios

El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó ayer a tres profesionales que asesoraban para evadir impuestos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Se trata del abogado Roberto Ibáñez Izaguirre y los contadores públicos Salvador Luis Morelli y Sergio Oscar de Araquistaín, quienes recibieron la inmediata prisión preventiva domiciliaria morigerada bajo control de tobillera o pulsera electrónica y responsabilidad de un tutor.

El TOF constituido por Noemí Berros, Roberto López Arango y Mariela Emilce Rojas (subrogante), arribó al veredicto por unanimidad. Los fundamentos completos se conocerán el 8 de junio a las 13.

RECHAZO

Los vocales rechazaron los planteos defensivos y absolvieron a la abogada y empleada de AFIP, Alicia Ibáñez (madre de Roberto Ibáñez) de los delitos de autora de la Asociación ilícita fiscal, por el que fue acusada por la querella en el plenario.

Además, dispusieron el levantamiento de las medidas cautelares que pesaban sobre ella.

En cambio, el tribunal decidió condenar a Roberto Mario Izaguirre coautor penalmente responsable del delito de Asociación ilícita fiscal como miembro o integrante y lo condenó a 5 años y 3 meses de prisión y le impuso 90 mil pesos de multa.

También condenaron a Morelli como coautor del mismo delito que Izaguirre y le impusieron 5 años y 3 meses de prisión y multa de 90 mil pesos.

Declararon a De Araquistaín como coautor de la Asociación ilícita fiscal como miembro o integrante y lo condenaron a 6 años y 3 meses de prisión y le impusieron 90 mil pesos de multa.

EXCARCELACIONES

Los jueces decidieron, además, revocar las excarcelaciones y decretaron prisión preventiva domiciliaria morigerada para Izaguirre, Morelli y De Araquistaín hasta que la condena adquiera firmeza. La medida se hizo efectiva de modo inmediato.

El tribunal determinó, también, el decomiso de bienes de los condenados, conforme fueron individualizados en el proceso. Asimismo, se intimó a los condenados a que efectivicen las multas a los diez días de quedar firme la sentencia.

El veredicto del TOF también ordenó extraer los testimonios de tres testigos, de apellidos Heguel, Rodríguez y Petrucci y enviarlos al agente fiscal federal para que investigue el presunto delito de falso testimonio.

 

TOBILLERAS

En otro orden de cosas, el tribunal dispuso la inmediata prisión domiciliaria morigerada de los tres condenados y dio los fundamentos. Los jueces destacaron que los condenados transcurrieron el proceso excarcelados y dispusieron que el control de la restricción impuesta se ejerza con tobillera o pulsera electrónica y tutor responsable.

“Se trata de examinar si las condiciones de los condenados, autorizan a presumir la existencia de algún riesgo procesal”, consideró el tribunal y agregó que los condenados “son sujetos altamente socializados”, con “altos niveles socioeconómicos”, que alcanzaron títulos universitarios y tienen “recursos simbólicos”, económicos, de “elevado estatus social”, posición “media alta” y “buen pasar económico”, que ostentan vínculos de amistad en el país y el extranjero

 

 

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