Gustavo Rivas deberá cumplir la condena de prisión en su domicilio en Gualeguaychú
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia resolvió por mayoría hacer lugar a la impugnación extraordinaria presentada por la defensa de Gustavo Rivas (77). En consecuencia, Rivas deberá cumplir la pena 23 años de prisión a la que fue condenado, en su domicilio de Gualeguaychú, tal como había sido establecido oportunamente el Juez de Ejecución Penal.
El vocal Daniel Carubia recordó un precedente del Tribunal de 2010 donde, siguiendo el criterio del Procurador General se decidió “aplicar la modalidad de prisión domiciliaria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 del Código Penal -recientemente reformado por la ley 26.472- y de lo prescripto en los artículos 32 y 33 de la Ley de Ejecución Penal Nº 24660, toda vez que estamos ante una persona mayor de 70 años, siendo que la concesión del citado beneficio no está condicionado a ningún otro requisito más que a la comprobación de la edad del condenado”.
La Sala Penal integrada por la vocal Claudia Mizawak, Daniel Carubia y Germán Carlomagno, por mayoría dejó sin efecto la sentencia de la Sala N° 2 de Casación Penal, que disponía que el hombre cumpla la condena en la Unidad Penal N° 9.