La Cámara de Casación de Paraná –en fallo dividido- resolvió denegar los pedidos de las defensas para que, luego del fallo de la misma Cámara que declaró nulo el juicio ante un jurado popular y ordenó hacer un nuevo juicio, se dispusiera la libertad de los imputados. Así, seguirán presos en la cárcel de Paraná, hasta la realización de un nuevo juicio
Eric Agustín Santini, Gustavo Adrián Cabrera y Alfonso Martin Mildenberger, seguirán privados de la libertad mientras se sustancia un nuevo debate ante un jurado popular para determinar sus responsabilidades en el asalto a la Sala del Casino Neo Game, ubicada en calle Galán N° 1.447, en Paraná. El 14 de noviembre de 2022 fueron encontrados culpables por un jurado popular y condenados.
El lunes 24 de julio, la Cámara de Casación de Paraná, resolvió anular las condenas que se les impuso después de que un jurado popular los encontrara culpables del asalto, y ordenó que se haga un nuevo juicio.
Ayer, resolvió rechazar los pedidos de las defensas para que, luego de la anulación de las condenas, se disponga la libertad de los tres apelantes. De los cuatro imputados, sólo Héctor Emanuel Cejas no presentó sus quejas ante el veredicto.
MEDIDA
La Cámara de Casación de Paraná, integrada por Marcela Davite, Marcela Badano y Gustavo Pimentel, resolvió, por mayoría, “no hacer lugar a lo solicitado por las defensas de los encartados Santini, Cabrera, y Mildenberger y, en consecuencia, mantener la medida de prisión preventiva en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná, en las condiciones actuales”.
Los fiscales, Mariano Budasoff y Melisa Saint Paul, instaron el rechazo de los pedidos de las defensas de cada uno de los imputados.
Entendió que aún se encontraban vigentes los riesgos procesales de peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación.
ENTORPECIMIENTO
“Además, no sólo creo que el riesgo de entorpecimiento está presente, sino que no se ha variado el peligro de fuga, que persiste, no apareciendo motivos que me indiquen que pudiera haber cesado” expresó Budasoff, y añadió que “por todo ello, estimo que no cabe hacer lugar a la revocación de la prisión preventiva que fuera dictada sobre los imputados, pedida por la defensa, ni tampoco al cambio o morigeración de la medida por un arresto domiciliario”.
Las defensas solicitaron la excarcelación de cada uno de los imputados. La de Santini, a cargo de Boris Cohen y José Barbagelata, además de la excarcelación, solicitó, en forma subsidiaria, la morigeración en la modalidad de arresto domiciliario.
ALTERNATIVA
La de Mildenberger, a cargo de Tulio Kamlofky y Constanza Bonnazola, ofreció medidas alternativas a la cárcel, proponiendo la comparecencia periódica ante la comisaría, y la constitución de domicilio.
La de Cabrera, en manos de Eduardo Gerard, solicitó su inmediata libertad, entendiendo que aquel estuvo en libertad hasta el día de la condena, demostrando absoluto apego al proceso.
El voto mayoritario, expresado en el tándem Badano-Davite, hizo lugar a los argumentos de Fiscalía, señalado que “se ha planteado que, dado que el juicio se ha llevado ya a cabo, (juicio que recientemente se anulara por esta Casación), los imputados conocieron la prueba y los testigos, y podrían intentar obstaculizar el proceso, por lo que los riesgos procesales ante esta coyuntura se han intensificado”.
Así, expresó: “Estimo que dadas las actuales circunstancias en la que se encuentra la causa, los numerosos testigos que han depuesto en juicio, las jornadas que insumirá el juicio, la necesidad de renovarlo prontamente, y la necesidad de preservar los fines del proceso y la prueba a producir, la medida cautelar debe continuar en la modalidad en la que está vigente, pudiendo ser revisada en cualquier momento, conforme lo prevé la ley, de acuerdo a la dinámica en la que sigan desarrollándose esas circunstancias”.
PELIGRO DE FUGA
Añadió que “además, no sólo creo que el riesgo de entorpecimiento está presente, sino que no se ha variado el peligro de fuga, que persiste, no apareciendo motivos que me indiquen que pudiera haber cesado. Por todo ello, estimo que no cabe hacer lugar a la revocación de la prisión preventiva que fuera dictada sobre los imputados, pedida por la defensa, ni tampoco al cambio o morigeración de la medida por un arresto domiciliario”.
En disidencia
El voto disidente, en el vocal Pimentel, sostuvo, respecto a la oposición de los fiscales, que “… pretende andamiar el riesgo de fuga, en el conocimiento de la prueba testimonial y sus consecuencias; perdiendo de vista que, en la generalidad de los procesos adversariales penales de nuestra provincia, el contenido de los testimonios que posteriormente se rendirán en debate, no resultan secretos o sorpresivos para las partes, sino que su médula integra el legajo desinformalizado que llevan tanto la Fiscalía como las Defensas”.