viernes , 22 noviembre 2024
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Condena condicional por tenencia de estupefacientes

El juez Ruhl recabó el consentimiento de ambos imputados a resolver su situación procesal por la herramienta del juicio abreviado.
La causa comenzó por una supuesta comercialización del estupefaciente, pero con el correr de la investigación, aquello no se pudo probar y se recalificó a Tenencia simple.

JLA, de 24 años, con estudios hasta tercer grado, y JAM, de 35 años, con estudios hasta cuarto grado, reconocieron en un juicio abreviado que tenían en su poder 62 bolsitas de cocaína cuando fueron detenidos por personal de la Policía de Entre Ríos, en una plaza de barrio San Martín, en Paraná. El juez de Garantía, Eduardo Ruhl, dará a conocer el jueves 31 a las 12, su resolución.

Fiscalía explicó en la audiencia que se realizó ayer a la mañana, que si bien la causa comenzó a tramitarse por la sospecha del delito de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente al consumidor, es decir narcomenudeo, del devenir de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) aquella sospecha inicial, impulsada porque los imputados fueron detenidos en flagrancia, no pudo ser sostenida por evidencia de cargo con el grado de probabilidad que la instancia procesal requiere, y se recalificó a Tenencia simple.

Ruhl recabó el consentimiento de ambos imputados a resolver su situación procesal por la herramienta del juicio abreviado, a reconocer los hechos, aceptar la calificación legal y a consentir el monto de la pena. A todas las etapas, los imputados respondieron que sí. También se comprometieron a cumplir con las normas de conducta que se acordaron como consecuencia de la modalidad condicional de cumplimiento de la condena.

Si bien Fiscalía recabó evidencia que en el principio de la IPP permitió sospechar de una tenencia con fines de comercialización, el devenir de la pesquisa no logró darle consistencia a aquella hipótesis inicial. Así, Fiscalía señaló que “… es cierto también que, pese a lo mencionado, tampoco puede sostenerse que surja ‘inequívocamente’ que la tenencia del estupefaciente de JLA haya sido para su consumo personal. Esta afirmación se hace considerando la gran cantidad de materia que se halló, la suma de dinero y asimismo que en la vivienda allanada se secuestró luego una balanza”.

HECHO. El hecho que se les imputó a ambos en calidad de coautores consistió en que “el 8 de mayo de 2023, aproximadamente a las 15.30, JAM y JLA fueron hallados en flagrancia por personal de la Oficina de Brigada de la División Unidad Operativa Federal Argentina de la Policía Federal Argentina –jurisdicción Paraná- en calles Base de primavera y Calle Cortada sin nombre, de barrio San Martín de Paraná, comercializando estupefacientes en dosis fraccionadas al consumidor”.

La acusación también sostuvo que ambos imputados “fueron vistos por el personal policial realizando maniobras de pasamanos a una tercera persona, que se retiró del lugar con un pequeño envoltorio blanco; ocasión en la que los funcionarios procedieron a identificarlos y secuestró en el interior del bolsillo derecho del pantalón de JLA 62 dosis fraccionadas (en envoltorios de nylon transparente) de material de color blanco que presuntamente sería ‘cocaína’ y la suma de 15.800 pesos de dinero en efectivo”.

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