miércoles , 3 julio 2024
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Disponen mantener la guarda de 3 hermanas

Se dispuso mantener la guarda de tres hermanas
La resolución fue firmada por las vocales Gisela Schumacher, Claudia Mizawak y el vocal Leonardo Portela, quienes dieron la noticia a las niñas a través de una carta redactada con lenguaje claro y sencillo

La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), dispuso mantener la guarda de tres hermanas menores de edad a cargo de una señora a la cual consideran miembro de su familia ampliada debido a que mantienen vínculo desde hace 8 años, hasta que expresen su voluntad de volver a convivir con su mamá y papá o adquieran la mayoría de edad, lo que ocurra primero.

La resolución fue firmada por las vocales Gisela Schumacher, Claudia Mizawak y el vocal Leonardo Portela, quienes dieron la noticia a las niñas a través de una carta redactada con lenguaje claro y sencillo.

La medida fue adoptada luego de considerar el pedido del Ministerio Público de la Defensa (MPD), y de atender la opinión de los y las integrantes de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETI) del Poder Judicial y del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf).

Tras analizar el caso y al considerar que la solución no estaba prevista en las normas , las magistradas y el magistrado, optaron por adaptarla entendiendo que “la guarda sin establecimiento de plazo otorga certezas y serenidad a las tres hermanas, quienes podrían retomar el vínculo con su madre y su padre sin temor a que ello las perjudique en sus deseos”.

La carta

“Hola A., A. y S.; somos Gisela, Claudia y Leonardo, las juezas y el juez a quienes se nos encomendó revisar su caso.

Por medio de esta carta queríamos contarles lo que decidimos, y los motivos que tuvimos para ello.

Nos dimos cuenta la cantidad de veces que tuvieron que ir a tribunales o las entrevistaron, y también pusimos especial atención en sus palabras y lo que han sentido y pensado todos estos años. Queremos que sepan que ser escuchadas es un derecho que tienen las tres, y también es su derecho que se valore lo que ustedes expresen.

La decisión que tomamos es para que estén tranquilas y puedan disfrutar de sus vidas sin preocupaciones relacionadas con este juicio. Por eso resolvimos que se queden al cuidado de L., en su casa actual, hasta que ustedes decidan volver a vivir con su mamá o su papá, o sean adultas y decidan cómo quieren seguir sus vidas.

También queremos comentarles que, según vimos en este juicio, su mamá y su papá tienen mucho interés en hablar con ustedes y compartir momentos.

Queremos que sepan que si ustedes quieren ver a A. o a A. no se las va a obligar a volver a vivir con ellos, eso va a ser una elección de ustedes. Si ustedes quieren encontrarse con su mamá y su papá eso no va a significar que tienen que irse de la casa de L.N.

Nadie las va a sacar de su casa ni las va a obligar a mudarse de casa. Sólo tienen que decir que quieren llamar a su mamá o papá por teléfono, o mandarles mensaje, o verlos. Es su derecho también tener relación con su mamá y papá.

Queremos que sepan que en tribunales estamos para protegerlas y cuidar sus derechos. Por eso les dejamos el teléfono del Juzgado que conoce su caso, para que puedan llamar al juez cuando ustedes le quieran contar algo o lo necesiten.

No tienen que pedirle permiso a nadie para llamar al juez; él ya sabe quiénes son ustedes. El teléfono es xxx, la dirección es xxx, y el juez se llama xxx.

Deseamos que tengan un muy buen año escolar, y poder conocerlas en persona en alguna oportunidad.

Las saludamos con afecto: Gisela, Claudia y Leonardo”.

El caso

En 2018, las niñas A. (12 años), A. (9 años) y S. (7 siete años) fueron entregadas por su madre a la señora L.N , aduciendo problemas familiares y que, por razones laborales,  no podía encargarse de sus cuidados.

Es así que las menores quedaron viviendo con L.N, a quien llamaban “abuela del corazón” .

En el marco de las medidas de protección excepcional se trabajó en la revinculación de las niñas con su madre y con su padre, lo que, según informes profesionales, arrojó resultados negativos.

La resolución la Sala Civil y Comercial del STJ fue adoptada considerando que al cuidado de la señora L.N, las adolescentes -hoy de 17, 15 y 13 años, respectivamente-, reciben escolaridad, salud, higiene, alimentación y un hogar con tranquilidad, tal como lo indicaron los integrantes de los ETI. A eso se sumó que ellas pidieron permanecer en ese hogar.

Fuente: SIC-STJER

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