Un proyecto de ley propone eliminar un descuento compulsivo que se realiza sobre los haberes de los más de 64.000 jubilados y pensionados de la provincia y, en cambio, habilita a que cada uno de los beneficiarios pueda resolver qué hacer con sus ingresos mensuales. Se trata de una deducción que rige desde 1975, establecida por ley, en otro contexto. A la quita la realiza el propio Estado, asciende al 0,25% del haber y lo deposita en la cuenta de la Federación de Jubilados y Pensionados de Entre Ríos. Por este concepto se recauda 1.300 millones de pesos al año.
Una estimación basada en datos oficiales indica que por ese concepto el Estado recauda 1.300 millones de pesos al año y lo orienta hacia una organización determinada, sin consulta ni autorización expresa del damnificado, en un contexto en el que operan otros centros de jubilados dedicados a objetivos similares.
En los hechos se trata de una rebaja en lo que cada jubilado y pensionado cobra, sin que el aportante tenga la opción de confirmar o rechazar la quita que se le realiza, utilice o no los servicios que presta la institución beneficiada.
La iniciativa, propuesta por el diputado Jorge Maier (JxER), procura alcanzar dos metas, una vinculada a los derechos de los jubilados y pensionados y otra referida a la transparencia. Por un lado, establece que desde la sanción de la modificación que se pretende existirá la posibilidad de que quien no quiera seguir realizando el aporte del 0,25% a la Federación de Jubilados y Pensionados de Entre Ríos puede ordenar que se le deje de realizar el descuento compulsivo. Por el otro, determina que para que el Estado haga la deducción que hoy es obligatoria, los futuros beneficiarios deberán indicárselo de manera expresa.
“El corazón de la propuesta es reconocerle a los jubilados y pensionados la libertad de elección que les asiste como derecho, según la Convención Interamericana Sobre Protección de Derechos Humanos de las Persona Mayores, que cuenta con jerarquía constitucional desde el año 2022”, dijo Maier, antes de afirmar que para la protección de este atributo personal se procuró un remedio legislativo prudente, que de ninguna manera busca poner en riesgo los servicios que presta la Federación, de los que podrán seguir gozando quienes así lo decidan”.
Un poco de historia
El proyecto de ley en cuestión pretende modificar el artículo 1° de la Ley N°5773/75 que autoriza a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia a realizar, en forma permanente, un descuento del 0,25% sobre los montos nominales correspondientes a los haberes de jubilados y pensionados de su régimen, con destino al mantenimiento de obras y actividades de la Federación de Jubilados y Pensionados Provinciales de Entre Ríos.
Esta iniciativa de Maier propone “pasar de la obligatoriedad del aporte a la decisión voluntaria de cada beneficiario de una jubilación o pensión, sistema mucho más caro a los derechos constitucionalmente reconocidos de autonomía, libertad y propiedad de estas personas”. De
esta manera, los beneficiarios de los haberes en cuestión tendrán el derecho a optar por la utilización de sus ingresos y decidir si quieren contribuir o no con la Federación. “Esta modificación resulta necesaria puesto que el actual sistema de aporte obligatorio no beneficia a la totalidad del colectivo de jubilados y pensionados de la provincia, redundando en beneficio de quienes participan de la mencionada federación y excluyendo a quienes deciden ser parte de otras instituciones”.
En los fundamentos se agrega que “a diferencia del contexto histórico en el cual se creó la Federación, actualmente existen distintas organizaciones gremiales y sociales que se ocupan de acompañar, promover y realizar acciones colectivas para este sector por lo que debemos alentar la libre elección de asociación”.
Por otro lado, el proyecto resalta “el derecho a la autonomía personal en la toma de decisiones, reconocido por la Convención Interamericana Sobre Protección de Derechos Humanos de las Persona Mayores, con jerarquía constitucional desde el año 2022 (Ley 27700), en su artículo 7º, cuando refiere que “los Estados Parte en la presente Convención reconocen el derecho de la persona mayor a tomar decisiones, a la definición de su plan de vida, a desarrollar una vida autónoma e independiente, conforme a sus tradiciones y creencias, en igualdad de condiciones y a disponer de mecanismos para poder ejercer sus derechos”.
El papel del Estado
La citada convención indica que “los Estados Parte adoptarán programas, políticas o acciones para facilitar y promover el pleno goce de estos derechos por la persona mayor, propiciando su autorealización, el fortalecimiento de todas las familias, de sus lazos familiares y sociales, y de sus relaciones afectivas. En especial, asegurarán: a) El respeto a la autonomía de la persona mayor en la toma de sus decisiones, así como a su independencia en la realización de sus actos”.
En ese sentido, el proyecto asegura no desconocer “la importancia que ha tenido dicha Federación en la promoción de la asociación de las personas jubiladas y pensionadas y los avances que ha logrado para el colectivo, por ello quisiéramos aclarar que de ninguna manera estamos promoviendo una ley que va en contra del espíritu de asociación de los mismos; sin embargo, esta iniciativa legislativa lleva como bandera la necesidad de salvaguardar la libertad, los ingresos y el patrimonio de las más de 60.000 personas -contando jubilaciones y pensiones- que, hace muchos años, padecen un descuento compulsivo del 0,25% de sus haberes. Al día de la fecha la realidad socioeconómica de nuestros jubilados y pensionados, al igual que la del resto de la sociedad, es distinta y agobiante. Muchos jubilados y pensionados perciben haberes mínimos lo que los sitúa en una posición de alta vulnerabilidad económica, por lo tanto, cualquier descuento puede significar una afectación a sus capacidades para afrontar necesidades básicas de todo ser humano”.
Se aclara que no obstante lo mencionado, la Federación continuará recibiendo los ingresos que correspondan en función de la cantidad de jubilados y pensionados que decidan continuar aportando al sistema. Se añade, en ese sentido, que actualmente, conforme surge del sitio web de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia, las personas beneficiarias son más de 64.000 con un haber promedio de aproximadamente $729.000, lo que permite arribar a la conclusión de que el descuento compulsivo ha generado 1.300 millones de pesos en un año.
“Consideramos que la modalidad voluntaria propuesta es mucho más conteste con la necesidad de aval del beneficiario y las restricciones jurídicas al descuento obligatorio en los haberes jubilatorios. Desde esta posición, queremos resaltar la importancia de que cualquier descuento que se aplique sobre los referidos haberes debe contar con el consentimiento de sus beneficiarios en pos de lograr mayor transparencia, característica de todo régimen democrático. Por otra parte, además de los ingresos que la Federación continuará recibiendo producto de la voluntad de los beneficiarios, resulta necesario señalar que las actividades con fin social que la institución propone requieren, para aprovecharlas, el pago de un monto determinado de dinero con lo cual también continuarán percibiendo dichas sumas”, finaliza.