Detallan cuáles son los bienes destinados a la inversión productiva: el Ministerio de Economía emitió una resolución conjunta en donde se aprobó el listado de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M) correspondiente a los bienes que se podrán invertir.
El Ministerio de Economía junto a la Secretaría de Industria y Comercio emitió este miércoles una resolución publicada en el Boletín Oficial en donde aprueba el listado de bienes muebles con destino a la inversión productiva que podrán ser adquiridos mediante el blanqueo.
Se trata de la Resolución 279/2024, en donde se aprueba el listado de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M) correspondiente a los bienes muebles. Vale recordar que la fase 1 del blanqueo finaliza este 30 de septiembre de 2024 inclusive.
Con el objetivo de darle mayor impulso al blanqueo, el Gobierno estableció una nueva inversión que se podrá realizar con los fondos blanqueados.
Entre los bienes incluidos se encuentran: maquinaria agrícola, maquinaria vial, maquinaria para la construcción y para la industria en general; pick ups; automóviles de cualquier tipo; motocicletas de cualquier tipo; bienes de consumo durables como lavarropas, televisores, etc; celulares; bombas y compresores; bienes tecnológicos como estaciones, antenas, routers, chips; computadoras; vehículos; grupos electrógenos; instrumentos de medición; buques de carga; herramientas eléctricas; y bienes tecnológicos como monitores; entre otros.
Estas compras, exentas de multas, podrán realizarse mediante transferencias de una Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) hacia cualquier otro tipo de cuentas, que no sean necesariamente cuentas CERA.
¿En qué se puede invertir para el blanqueo?
Los fondos que se ingresen al blanqueo se pueden destinar a los siguientes activos:
-títulos públicos: emitidos por Estado nacional, provinciales, municipales y/o CABA
-certificados de participación: fideicomisos para inversión productiva, inmobiliaria, infraestructura y financiamiento pymes
-cuotapartes de fondos comunes de inversión abiertos y cerrados
-acciones colocadas por oferta pública
-obligaciones negociables
-cheques de pago diferidos
-pagarés bursátiles
-títulos públicos/valores en fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.
-operaciones onerosas: proyectos inmobiliarios iniciados a partir del 8 de julio de 2024 o que, a dicha fecha, tengan un grado de avance inferior al 50%
-vehículos que cumplan con las condiciones propuestas por la resolución.
-contratos de locación de obra o símil naturaleza.
Y ahora se agrega, bienes muebles destinados a inversiones productivas.
AFIP descartó prórroga
La titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Florencia Misrahi, advirtió que no habrá modificaciones en la fecha para ingresar al blanqueo y que esta será la última oportunidad para hacerlo, hasta 2038. La funcionaria aseguró que quienes adhieran pagarán mucho menos que en el caso de que el organismo les detecte el patrimonio oculto.
En el marco de una conferencia realizada en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires para aclarar aspectos clave del Régimen de Regularización de Activos, Misrahi señaló que los contribuyentes deben aprovechar hasta el 30 de septiembre, ya que una vez concluida no podrán ingresar a ninguna otra iniciativa de este tipo hasta el 2038” al tiempo que agregó “la recomendación es que quien ingrese pueda hacerlo y que lo haga por todos sus bienes ocultos”.
Segun Misrahi, el Régimen de Regularización de Activos “es el más beneficioso de la historia argentina, porque no persigue fines recaudatorios, sino que su objetivo es ampliar la base de contribuyentes y construir así un nuevo país”.
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